POST: Victoria agridulce #DerogaTasasYa
¡Hola, lectores!
Hoy, 6 de marzo de 2015, se cumple una semana desde la aprobación del Real Decreto-Ley 1/2015, de 27 de febrero que puso fin, de manera parcial, al pago de las tasas judiciales que los ciudadanos venían sufriendo, en los ámbitos civil, contencioso-administrativo y social, desde 2012.
La Ley “Gallardón” -Ley 10/2012, de 20 de noviembre- causante del abono de tasas judiciales por parte de las personas físicas y pequeñas empresas, estaba amparada en la necesidad de no confundir el derecho a la tutela judicial efectiva con el derecho a la justicia gratuita.
Justificaba textualmente que “Se trata de dos realidades jurídicas diferentes. Desde el momento en que la Constitución encomienda al legislador la regulación del alcance de esta última, está reconociendo que el ciudadano puede pagar por los servicios que recibe de la Administración de Justicia. Sólo en aquellos supuestos en los que se acredite «insuficiencia de recursos para litigar» es la propia Constitución la que consagra la gratuidad de la justicia”.
En un alarde de cinismo, nos decían que “La Ley pone todo el cuidado en que la regulación de la «tasa por el ejercicio de la potestad jurisdiccional en los órdenes civil, contencioso-administrativo y social» no afecte al derecho a acceder a la justicia como componente básico del derecho fundamental a la tutela judicial efectiva proclamado por el artículo 24 de la Constitución, de acuerdo con la jurisprudencia a este respecto del Tribunal Constitucional”.
Al establecer el legislador estas líneas no tuvimos más remedio que recurrir ante el Constitucional –pendiente de resolución-.
Al mismo tiempo y causando gran estupor entre los juristas, aseguraba que “...la tasa aportará unos mayores recursos que permitirán una mejora en la financiación del sistema judicial y, en particular, de la asistencia jurídica gratuita, dentro del régimen general establecido en el artículo 27 de la Ley 47/2003, de 26 de noviembre, General Presupuestaria”.
Tres años después, podéis preguntar a cualquier abogado del Turno de Oficio si ha notado mejoría en el servicio o sí ha dejado de cobrar con meses de retraso. La respuesta sin duda será negativa.
Lo curioso es que no se sabe el destino exacto que ha tenido esa recaudación. A los Juzgados no ha ido, basta con darse un paseo por ellos para apreciar la falta de medios de la que adolecen.
No obstante, gracias a la presión ejercida durante estos años por los juristas de nuestro país -junto a diversos colectivos sociales-, y ahora sí, teniendo en cuenta la situación que atraviesa el país, el pasado viernes, el Consejo de Ministros aprobó la derogación de las tasas judiciales sólo para las personas físicas pero no para las pequeñas y medianas empresas.
Siendo éstas estructuras las más castigadas por la crisis económicas seguimos sin entender cómo continúan estando obligadas al pago de las tasas.
Por lo tanto, seguimos en lucha…
Nos vemos en el siguiente post,
M.
Comentarios
Publicar un comentario