POST: Mamá, ¡de mayor quiero ser un lobby! #alicatandocosta


¡Hola, lectores!

Echando la vista atrás, concretamente hasta 3º de carrera, me he detenido en un tema que vimos en Derecho Administrativo-Parte Especial y que por un tiempo mantuve como primera opción para desarrollar en mi Trabajo Fin de Grado. 


Estoy hablando del dominio público marítimo-terrestre, es decir, nuestras costas.

Si queremos entender la controversia que siempre genera este tema en España debemos empezar por el principio.


El artículo 132 de la Constitución en su apartado 2 remarca que son bienes de dominio público estatal los que determine la ley y, en todo caso, la zona marítimo-terrestre, las playas, el mar territorial y los recursos naturales de la zona económica y la plataforma continental.

Pero ¿qué debemos entender por bienes de dominio público estatal? Aquí es donde tenemos que hacer una pequeña diferenciación.

1. Por un lado, tenemos los bienes de dominio público también llamados demaniales: son los más protegidos por la Administración pública, de tal forma que gozan de tres características: INEMBARGABLES (no pueden ser sustraídos de la Administración), INALIENABLES (la Administración no puede comerciar con ellos) e IMPRESCRIPTIBLES (no tienen plazo que condicione su pertenencia a la Administración). 

Son bienes de dominio público estatal: las aguas, las costas, la red viaria y pecuaria de toda España, las minas y las líneas de alta tensión.

2. Por otro lado encontramos los bienes patrimoniales, de titularidad pública pero con un régimen muy similar a la propiedad privada que les ofrece la posibilidad de ser enajenados (vendidos) por la Administración pública. 

Como marco normativo tenemos en primer lugar la CE, seguida de la Ley del Patrimonio de las Administraciones Públicas y por último, leyes sectoriales (ej. Ley de Aguas, Ley de Costas,…).


Volviendo al tema con el que abría esta entrada, la competencia exclusiva del Estado en materia de costas es regulada a través de la Ley de Costas de 1988, modificada en 2013 a propuesta del entonces Ministro de Medio Ambiente y Agricultura, Miguel Arias Cañete, por la Ley de Protección y Uso Sostenible del Litoral, que engloba la totalidad de costas de dominio público como bien estatal. 

En esa totalidad incluye las riberas del mar y rías (playas, dunas, albuferas,…), el mar territorial junto a las aguas interiores, la zona económica exclusiva, la plataforma continental y otros bienes, como pueden ser: acantilados, islas, faros o puertos. 

Desde la entrada en vigor de esta ley sectorial, el tema “islas” ha generado debate y el Gobierno ha cedido todas aquellas propiedades construidas antes de 1988 (no os penséis que son cuatro cabañas de algún náufrago).

Además, tras la modificación de 2013 dicha ley ha pasado de contemplar 4 clases de servidumbres legales, es decir, límites impuestos a las propiedades colindantes con bienes de dominio público marítimo terrestre, a eliminar dos: 

-la servidumbre de tránsito, que prohibía construir en una franja de 6 a 20 m desde la “orilla” del mar; 

-la servidumbre de protección, que limitaba la edificación a menos de 100 metros de la orilla marítima. 

¡Aún sobran unos metros para construir!, debió pensar alguno. Esta última modificación responde a la presión ejercida por todos aquellos propietarios que antes de 1988 construyeron sus locales de negocio en zona urbanizable y que ahora eran ilegales. 

No obstante, hay más aspectos conflictivos con la reforma de 2013, y es que se prorrogan las concesiones de 30 años que finalizaban en 2018 a 75 años, respuesta también a otro lobby de presión plasmado en el informe AUNKEL. 

La cosa no acaba ahí, también se pretende legalizar en bloque 12 núcleos construidos irregularmente pero que ahora se excluyen del dominio público (ej. Hotel de Algarrobico).


Foto: Greenpeace España 

Pese a las protestas de las cinco ONGs de medio ambiente (Amigos de la Tierra, Greenpeace, Ecologistas en Acción, SEO/Birdlife y WWF), el Congreso dio luz verde el pasado mes de mayo a esta Ley de modificación de nuestras costas. Lo que el Gobierno justifica como una mejora en la protección del litoral es sin duda, un paso atrás de consecuencias muy negativas para la costa y para muchos ecosistemas asociados a ella, además de favorecer la privatización de un bien público como es el litoral.

La clave está en presionar. 



Nos vemos en el siguiente post,

M.

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